Consideraciones y Derechos de las estudiantes embarazadas

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UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO
CARTA DE CONSIDERACIONES Y DERECHOS DE LA ESTUDIANTE EMBARAZADA

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1. DISPOSICIONES GENERALES
La Universidad de Puerto Rico reconoce los derechos de las estudiantes embarazadas de todo el sistema universitario.

A. La Universidad de Puerto Rico, reconoce las situaciones especiales y generales que enfrentan las estudiantes embarazadas, relacionado al proceso normal o complicado de su embarazo.

B. Este documento no pretende mencionar todos los derechos y/o consideraciones para las estudiantes embarazadas.

C. Todos los recintos de la Universidad de Puerto Rico, asegurarán el cumplimiento de estas consideraciones y procedimientos.

D. El Decanato de Estudiantes identificará el método viable en su recinto para asegurar el cumplimiento y respeto de lo contenido en esta carta de derechos y consideraciones a la estudiante embarazada.

E. Toda consideración especial para las estudiantes embarazadas aplicarán a las estudiantes con al menos tres meses de gestación con evidencia médica con no menos de 30 días de emitida. Las consideraciones especiales se tomarán desde los 3 meses de gestación hasta 14 días luego del alumbramiento.

F. El presidente de la Universidad de Puerto Rico, por medio de los rectores de cada recinto, velará por el fiel cumplimiento de lo aquí establecido.

2 DERECHOS GENERALES DE LA ESTUDIANTE EMBARAZADA

A. No se discriminará a la estudiante por motivo de embarazo y por lo establecido sobre los derechos de toda persona en la constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

B. La estudiante embarazada a su vez disfrutará de todos los derechos estudiantiles concebidos por la Universidad de Puerto Rico.

C. Tendrá acceso y será informada de todos los servicios estudiantiles generales o enfocados hacia la mujer embarazada, que sirvan de orientación para su desarrollo social, económico y de salud durante el proceso del embarazo, esto para evitar efectos negativos en sus estudios y un periodo de gestación exitoso.

D. Recibirá ayuda emocional y consejería profesional a través de los servicios estudiantiles del recinto.

E. Se asegurará que la estudiante disfrute de un ambiente de paz, tranquilidad y respeto al derecho a su intimidad y dignidad. No será víctima de abuso corporal, emocional o presiones psicológicas por razón de su embarazo.

F. Las estudiantes embarazadas que presenten evidencia de citas médicas relacionadas al embarazo, podrán ser excusadas amparadas en las normas o procedimientos que posea cada recinto en caso de que tengan que reprogramar exámenes o tareas académicas.

G. Cuando una situación complicada de embarazo o alumbramiento de la estudiante le impida asistir regularmente a clases, la estudiante notificará al profesor el motivo de la ausencia y coordinará con el profesor algún método de reposición. Las ausencias deberán justificarse por recomendación y evidencia médica. Las decisiones podrán estar bajo las normas y procedimientos para posponer exámenes o tareas académicas que posea cada recinto. Ante alguna situación especial, el recinto viabilizará sus decisiones bajo las mejores prácticas Universitarias. Ante esto, la estudiante deberá mantener una actitud ética y en total cumplimiento con todas las normas universitarias.

H. Tendrá el derecho a que se establezca una coordinación efectiva entre las oficinas que ofrecen recursos y servicios en cuanto a la seguridad, prioridad en recibir servicios estudiantiles, acomodos académicos (coordinados bajo las normas de la institución), servicios de salud y tutorías con el fin de no afectar su capacidad como estudiante de un currículo Universitario.

I. Los recintos establecerán filas expreso o su equivalente para estudiantes embarazadas en sus respectivas oficinas de servicio a la comunidad estudiantil. Estas oficinas deberán estar rotuladas con la fila expreso o un boletín para la consideración a la estudiante embarazada.

J. Los recintos harán los arreglos para disponer de un área de estacionamiento para las estudiantes embarazadas de alto riesgo que presentes evidencia médica. En caso que la institución no tenga estacionamiento disponible, se debe gestionar un acuerdo con la Oficina de Seguridad para proveerle transportación a la estudiante a los edificios donde cursa sus clases.

K. Las estudiantes embarazadas tendrán prioridad en los procesos de selección de cursos (matrícula adelantada). Esto conforme con el procedimiento de cada recinto. Así, la estudiante podrá estructurar su programa académico en armonía a sus necesidades y atención especial de salud.

Se identificará espacios o estaciones accesibles y seguras en la Universidad para que las estudiantes lactantes puedan extraer la leche materna. A su vez se les deberá proveer un “tiempo prudente” para que la estudiante pueda extraerse leche y guardarla.

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